Situaciones ante el incumplimiento del ASPO:
1- Orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del infractor de acuerdo al tipo de anomalía detectada.
2- Demora del infractor a la espera de la decisión del Poder Judicial.
3- Detención del infractor de acuerdo al incumplimiento del artículo 239 del código penal.
4- Secuestro del vehículo del infractor por incumplimiento de los artículos 205 y 239 del código penal. La decisión respecto de los pasos siguientes respecto del vehículo es competencia del Poder Judicial.
5- En el caso de andenes de trenes, se labra el acta de infracción y se informa al Poder Judicial que dispone los pasos a seguir respecto de lo informado por la autoridad policial.
6- Es el Poder Judicial el que decide los pasos a seguir de acuerdo a la información que proveen las fuerzas federales de seguridad.
7- En cualquier caso, que se detecten síntomas compatibles con COVID-19, se ordena el regreso al lugar de origen para el cumplimiento de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial.
8- En todos los casos es el Poder Judicial el que decide los plazos y actuaciones determinados por el juzgado a cargo.
Gentileza Radio X.
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